El art. 8 del Real Decreto 1544/2007 establece que los Ayuntamientos deben adoptar medidas para garantizar, como mínimo, un 5% de taxis adaptados. En el caso de Barcelona no llega ni al 1%.
El art. 8 del Real Decreto 1544/2007 establece que los Ayuntamientos deben adoptar medidas para garantizar, como mínimo, un 5% de taxis adaptados. En el caso de Barcelona no llega ni al 1%.