En los casos de sin domicilio fijo, el Ayuntamiento exige el informe de conocimiento de residencia (ICR), y esto podría alargar el proceso de empadronamiento a seis meses o más.

La normativa general aplicable a la gestión municipal del empadronamiento establece que si la persona aporta los documentos necesarios, la inscripción en el padrón se debe hacer sin más trámite. También prevé, pero, que los ayuntamientos ordenen actos de trámite para comprobar la veracidad de los datos en casos de duda, y otorga un plazo de tres meses para tramitar y notificar la resolución. En todo caso, el sentido del silencio es positivo y, por lo tanto, si no hay respuesta de la Administración, se entiende que la solicitud de empadronamiento ha sido estimada.

También prevé que se pueda recurrir a un domicilio ficticio, como establece expresamente la normativa, para el empadronamiento de quienes no tienen techo o viven en infraviviendas, que residan habitualmente en el municipio y sean conocidos por los servicios sociales, que son los que deben informar de la habitualidad de la residencia en el municipio.

En estos casos, pero, el Ayuntamiento de Barcelona exige como requisitos para  solicitar la inscripción padronal, disponer previamente del informe de conocimiento de residencia (ICR) y ha establecido un plazo de emisión de tres meses que, una vez superada, hace que se aplique el silencio negativo.

La solicitud de este informe cuenta con un formulario específico, que hay que tramitar de manera presencial y con cita previa. Una vez obtenido este informe, el ciudadano dispone de tres meses para formalizar el empadronamiento de forma presencial en una Oficina de Atención al Ciudadano (OAC), también previa solicitud de una cita.

La Sindicatura de Greuges de Barcelona y el Síndic de Greuges de Catalunya han recibido varias quejas por retrasos en la emisión de estos ICR, pero también por el alargamiento del proceso que supone haber implementado este requisito, que hace que el proceso se pueda alargar hasta seis meses o más.

Las dos instituciones consideran que si bien los actos de comprobación en determinados casos tienen cabida en la normativa, estos son un acto de trámite cualificado dentro del procedimiento de empadronamiento, y que en todo caso es el órgano municipal competente quién los debe ordenar, y en ningún caso este deber puede recaer en el ciudadano. Por lo tanto, la persona sin domicilio fijo debería poder presentar la solicitud de alta al padrón, y el órgano competente para tramitarla debería pedir la emisión del ICR al Instituto Municipal de Servicios Sociales. Y, de acuerdo con la normativa general, todo el proceso no debería durar más de tres meses.

A raíz de las quejas estudiadas, ambas instituciones también constatan que actualmente no existe un protocolo claro de comprobación de la residencia que recoja las garantías para respetar los derechos de las personas.

También cuestionan que la cita previa deba ser un requisito, y que, además, en el supuesto de que nos ocupa, se exige en dos ocasiones.

Ante todo esto, la Sindicatura de Greuges de Barcelona y el Síndic de Greuges de Catalunya piden al Ayuntamiento de Barcelona que atienda las siguientes recomendaciones:

  • Incorporar el trámite «solicitud de empadronamiento de personas en infravivienda, vivienda insegura o por falta de techo» en el catálogo de trámites de la sede electrónica y en la carta de servicios de atención ciudadana.
  • Identificar y clarificar los puntos donde se puede formalizar la solicitud en la descripción del trámite. En el caso de presentación por vía presencial, informar que se puede registrar sin necesidad de cita previa.
  • Velar para que sea el órgano instructor en el marco de la tramitación de la solicitud de empadronamiento el que haga la solicitud de ICR al Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS).
  • Estudiar el establecimiento de un protocolo para la gestión de las comprobaciones de residencia con plenas garantías jurídicas para las personas que piden ser empadronadas en la modalidad de sin domicilio fijo.
  • Estudiar el establecimiento de un protocolo para la gestión de la correspondencia de las personas empadronadas sin domicilio fijo.

Resolución completa de la Sindicatura de Greuges de Barcelona.